La directiva ROHS fue adoptada por la UE en el año 2006 donde se establecen la restricción de ciertas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos. Esta directiva complementada con la directiva WEEE (por sus siglas en ingles) conocida en España como RAEE (Reciclaje de Aparatos Eléctricos y Electrónicos).
Estas directivas son las que establecen los criterios de recogida y selección de los residuos eléctricos y electrónicos de las siguientes familias:
- Grandes y pequeños electrodomésticos
- Equipos informáticos y de telecomunicaciones
- Herramientas electrónicas y eléctricas
- Equipos de iluminación (incluidos los domésticos y las bombillas)
- Equipos de consumo
- Juguetes y equipos deportivos de ocio
- Máquinas expendedoras automáticas
- Aparatos médicos
- Instrumentos de monitorización y control
Las sustancias peligrosas que restringen su uso en la ROHS son:
- Plomo, Mercurio y Cadmio. (Metales Pesados)
- Cromo hexavalente. (Anticorrosivos)
- Bifenilo polibromado, y Eteres de difenilo polibromado (Retardantes del fuego)
Sin embargo hay ciertos productos que están exentos de esta directiva, ya que no se ha conseguido una alternativa de fabricación de estos productos.
Esto es debido a que la ROHS –se la conoce como la directiva “libre de plomo”- afecta directamente a los productos electrónicos y eléctricos, ya que estos aparatos poseen en mayor o menor medida soldaduras con plomo siendo una de las sustancias restringidas por la directiva.
Deja una respuesta